¿Quieres vivir en un entorno privilegiado y tener alguna explotación ganadera de la que hacerte cargo? ¿Algún proyecto con entorno rural en plena naturaleza pero muy bien comunicado?
Os presentamos esta maravillosa finca rústica, con calificación de suelo rústico, por lo que no es segregables ni construible más allá de los edificios ya levantados.
En ella se encuentra una primera casa de una sola planta, construida de manera eficiente para que sea fresca en verano y cálida en invierno, por la disposición de los ventanales, de 155m2 repartidos en 3 habitaciones, 2 baños, salón-comedor y cocina.
En ella también hay un conteiner habilitado como despacho/taller, pudiendo ser casi cualquier cosa, así como una casita de aperos.
Aproximadamente 20.000m2 de prado llano con algunos árboles de tipologías diferentes, muchas de ellas preciosas encinas.
Entre las fincas pastan una burra, un par de cerditos estilo vietnamita, y algunas reses y gallinas.
Como calificación del terreno, la normativa a las que se acogen son:
Según el Planeamiento Municipal vigente (NN. SS-1976) el emplazamiento en cuestión se encuentra Clasificado como Suelo Rústico. El Régimen de Usos establecido para dicho suelo se establece en los Artículos 3.6.1 a 3.6.9, en concreto en el Epígrafe 3.6 “Suelo Rústico” de las NN. SS-1976.
A su vez se encuentra incluida en el Parque Regional del Curso Medio del Guadarrama. A la vista de ambas circunstancias, en aplicación de lo establecido en las Disposiciones Transitorias de la vigente Ley 9/2001 del Suelo de la Comunidad de Madrid, la finca en su totalidad se asimila a la Clasificación de “Suelo No Urbanizable de Protección”, clasificación definida en la Ley del Suelo, cuyo régimen se regula en los artículos 28 y 29 de la misma.
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